La normativa europea actual obliga al etiquetado de todos los alimentos que contengan crustáceos.

Habitualmente se le nombra también con el nombre genérico de marisco, aunque no debe olvidarse que esta denominación incluye además de los crustáceos (gambas, langostas, cangrejos, etc.) a los moluscos (almejas, pulpos, caracoles, etc.). Para evitar confusiones, no se debería usar esta denominación para designar la alérgia.

Las personas sensibles a estos alérgenos suelen presentar reacción tanto si los consumen en crudo como cocidos, ya que la proteína responsable de la alergia es resistente al calor, y el cocinado no conseguirá inhibirlas.

Además, suele presentarse reactividad cruzada clínica, por lo que un paciente alérgico a un determinado crustáceo es probable que lo sea también a otros, y deberá evitar su consumo.

Entre los innumerables crustáceos que se consumen, los más habituales son los siguientes:

  • Gamba
  • Langosta
  • Langostino
  • Bovagante
  • Cigala
  • Percebe
  • Cangrejo
  • Centollo
  • Nécora
  • Buey de mar